La contabilidad en
República Dominicana
3. Base legal de la Contabilidad en la
República Dominicana
La contabilidad llegó al nuevo mundo junto con su
descubrimiento por los españoles. En España se utilizaba entonces el sistema
por partida simple, el cual consistía en llevar las cuentas por cobrar y por
pagar. Con ello determinaban lo que se poseía y lo que se adeudaba. Así
determinaban el capital detenido ganancias o pérdidas comparando el capital
actual con el anterior[1].
Nuestro paso de colonia española a dominación haitiana no
modificó estos sistemas de control económico. Entre los tenedores de libros de
la época se encontraba nuestro patricio, Juan Pablo Duarte, quien desempeña la
función en el comercio propiedad de su padre[2].
La contabilidad propiamente dicha se establece
definitivamente cuando los trapiches azucareros evolucionan hasta convertirse
en enormes centrales gracias a la instalación de maquinarias movidas a vapor.
Por un lado la caña de azúcar de Cuba y el de remolacha de Francia disminuían
su participación en el mercado mundial. Con la clásica reducción de la oferta,
el alza de los precios no se hizo esperar, estimulando las inversiones en ese
sector.
Los capitales y técnicos que emigraron desde cuba hacia República
Dominicana hicieron posible que la industria azucarera nacional se transformara
sobre bases capitalistas, nuestra sociedad se articulaba definitivamente a la
economía mundial[3]. La
producción de azúcar en República Dominicana se liberó entonces del capital
comercial local, pero quedó envuelta en una red de controles manipulados por
banqueros y comerciantes de Estados Unidos de América. Esos intereses
financieros decidirían en lo adelante todo lo relacionado con la venta de azúcar así como el suministro de
capital.
Los tenedores de libros y escasos contadores de aquellos tiempos
originalmente tuvieron como centros de acción a los ingenios azucareros y la
administración gubernamental, pero extendió a un sector más amplio de la
economía. La demanda de técnicos fue tal que muy pronto llegó a sentirse
preparados en asuntos contables.
La ocupación militar de Estados Unidos en República Dominicana,
permitió que tanto los empresarios como el gobierno del país influyeran de
manera decisiva en el manejo de la administración pública, estableciendo
procedimientos y prácticas que se hicieron sentir incluso en el ámbito de los
establecimientos privados. El gobierno militar extranjero fue el motor que
consolidó, por la fuerza, la dependencia económica a los dominicanos, vigente
todavía[4].
Las leyes promulgadas bajo el control militar estadounidense sobre
presupuesto y contabilidad de las entidades públicas fueron impuestas para
beneficios de los ocupantes militares y empresarios del país. El diseño y la
aplicación de esa ley fueron de tal manera impuestos que sus efectos
continuaron imponiéndose a pesar de la desocupación militar efectuada ocho años
después. Esas leyes ampliaron la dominación de las empresas estadounidenses
sobre la principal industria del país, la azucarera, la cual se erigió y
desenvolvió desde entonces como prolongación tecnológica y financiera de la
economía de Estados Unidos en evidente contradicción con el atraso económico de
República Dominicana.
Al mismo tiempo, podemos presentar factores influyentes en el
desarrollo de la contabilidad en República Dominicana podemos citarlos como han
sido:
- La
grave situación económica que atravesó el país desde la primera
República. La primera institución
bancaria que se estableció en la República Dominicana fue el Banco
Nacional de Santo Domingo, creado en virtud de una concesión otorgada por
el presidente Buenaventura Báez a la firma Prince & Hollester. Su
atribución principal consistía en la capacidad de emitir billetes con la
obligación de convertirlos en monedas de oro y plata acuñadas asumió la
obligación de comprar un millón de “pesos fuertes” en bonos del gobierno y
esos títulos adquiridos quedaban como garantía de la emisión monetaria de
la referida entidad. Este banco tuvo una vida efímera debido a las precarias
condiciones socio-políticas del país, como lo fue por ejemplo el primer
empréstito extranjero en la República Dominicana llamado operación
Hartmont.
- En
el gobierno de Horacio Vásquez se solicita un préstamo de 10 millones de
dólares para construcciones públicas. Para aprobar dicho préstamo debía
existir en el país los mecanismos necesarios para controlarlo,
condicionando la organización administrativa y financiera del Estado
dominicano, para esto se crea la Comisión Económica Dominicana, encabezada
por Charles Gate D. Esta situación precisó más adelante el desarrollo de
escuelas e institutos de contadores, como: el colegio Santiago, Instituto
Rivas, García y García y el más conocido y existente en la actualidad La
Escuela de Peritos Contadores, entre otros.
- El
16 de junio de 1944, se promulga la Ley No. 633 sobre contadores públicos
autorizados y sobre la escuela de peritos contadores. El desarrollo de la
contabilidad ha seguido su auge convirtiéndose en la actualidad en una de
las profesiones mas solicitadas en las universidades y centros de
educación superior.
- El
impuesto sobre la Renta. Fue creado bajo la Ley No. 1927, luego modificada
por la Ley No. 2344 esta última fue derogada por la Ley No. 2566. Con la
promulgación de la nueva Ley No. 2642 de Impuesto sobre los Beneficios
derogándose luego por la Ley de Impuesto sobre la Renta a partir de 1992
(ley 11-92). la cual incorpora el concepto de Renta como base de
imposición, sustituyendo entonces beneficios por renta.
Para la fiscalización del uso de los recursos públicos existe la cámara
de cuentas y la contraloría General de la República; a continuación se presenta las relaciones estrechas que existen
entre la contabilidad y las instituciones del Estado, como: Banco Central,
Secretaría de Estado de Finanzas, Oficina Nacional de Estadísticas, etc.
ostentando las bases legales de cada una a fin de comprender las conciernas de
estas con la profesión contable.
Cámara de Cuentas[5]
Las funciones de la cámara de cuentas están señaladas en los artículos
78 al 81 de la constitución de la República. La misión principal es proteger el
patrimonio del Estado dominicano, fiscalizando con independencia y eficacia la
gestión de los administradores de los recursos públicos y rendir informe a la
nación.
Secretaría de Estado de Finanzas[6]
Se originó el 6 de Noviembre de 1844. Entre alguna de las bases legales
de la misma están: la Ley No. 855, de Rentas Internas; Ley No. 429, que entrega
el gobierno dominicano la Dirección y Supervisión de las Aduanas; la Ley No.
2569, de Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones; Ley No. 708, general de
Bancos; Ley No. 1192, que crea el Código Tributario de la República Dominicana, entre otras.
Entre las funciones principales de dicha institución están:
- Administrar
las finanzas públicas, incluyendo las propiedades, fondos, créditos,
recursos y obligaciones relacionados con la misma.
- Recaudar
los impuestos y rentas nacionales y efectuar los pagos del gobierno.
- Administrar
las deudas y los créditos del Estado, emitir e inspeccionar los valores
públicos y las especies timbradas.
- Rendir
estados anuales de contabilidad a la cámara de cuentas, entre otros.
Contraloría General de la República[7]
Institución creada por la Ley No. 3894, en la cual la Oficina de
Contabilidad General pasa a ser denominada Contraloría y Auditoria General de
la República. Como parte de sus funciones se encuentran:
- Llevar
el registro de los contratos en que intervenga el Estado y cualquier
entidad pública que represente erogaciones por parte de gobierno con
personas físicas y morales.
- Elaborar
semestralmente un estado de la deuda pública haciendo un resumen de cada
préstamo del gobierno y detallando el movimiento del mismo.
- Llevar
un control posterior de todos los ingresos y egresos de los fondos de los
ayuntamientos nacionales.
- Llevar
un registro y control de los ingresos y egresos de todas las oficinas
recaudadoras y no recaudadoras del Estado, entre otros.
Oficina Nacional de Presupuesto[8]
Esta entidad fue constituida por la Ley No. 1363 sobre Presupuesto de
Ingresos y Ley de Gastos Públicos. También tiene como base legal la Ley No. 55
que denomina a la Dirección General de Presupuesto como Oficina Nacional de
Presupuesto (ONAP) y la integra al Secretariado Técnico de la Presidencia.
Podemos citar entre sus funciones básicas las siguientes:
- Preparar
los instructivos que se usarán en la formulación del anteproyecto de
presupuesto de ingresos y ley de gastos públicos para instituciones del
gobierno central, organismos descentralizados, autónomos y empresas
públicas.
- Realizar
estimaciones de ingresos fiscales anualmente, verificando su
comportamiento mensual para asegurar el financiamiento del presupuesto
nacional.
- Autorizar
los gastos periódicos de los organismos del gobierno central, conforme a
los presupuestos aprobados.
Oficina Nacional de Planificación[9]
Su base legal es la Ley No. 5788, que crea la junta nacional de
planificación y coordinación. Sus principales funciones son:
- Fomentar
la preparación y ejecución de planes, proyectos y programas de desarrollo,
de carácter sectorial, atendiendo a los lineamientos y objetivos
contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo.
- Formular
una política de desarrollo del medio ambiente, para conservar y proteger
el mismo y los diferentes ecosistemas.
- Proponer
los elementos esenciales de una política social de inversiones públicas.
- Cooperar
con la Oficina Nacional de Presupuesto en la elaboración del proyecto de
presupuesto y ley de gastos públicos.
Banco Central[10]
Fundado el 9 de Octubre de 1947, bajo el marco legal de la Ley No. 1528
en la que se establecen las responsabilidades y normas del funcionamiento del
Banco Central de la República Dominicana. Entre sus principales atribuciones
están:
- Mantener
el sistema monetario nacional con las garantías y limitaciones
establecidas en la constitución.
- Velar
por el mantenimiento del valor interno de la moneda.
- Promover
la estabilidad y el desarrollo progresivo de la economía nacional.
- Contrarrestar
toda tendencia inflacionaria o deflacionaria perjudicial a los intereses
permanentes de la nación.
La actividad bancaria debe estar en consonancia con el crecimiento y
desarrollo de los países, por lo que la supervisión bancaria es de vital
importancia dentro del sector financiero de cualquier país, para fortalecer y
garantizar el sistema. La supervisión bancaria de estas instituciones en el
siglo pasado se caracterizaron por la forma especial en que fueron autorizados
a realizar dichas operaciones, así como la hibridez de sus operaciones pues a
alguno de ellos se les otorgaban facultades para realizar actividades típicas
de bancos emisores.
Superintendencia de Bancos[11]
Creado por la Ley General de Bancos No. 708. Su finalidad principal es la aplicación y
administración del régimen legal de los bancos bajo la dependencia de la
Secretaría de Estado de Finanzas.
Mercado de Valores en la República Dominicana[12]
Establecido por la Ley No. 19-00. El mercado de valores comprende la
oferta y la demanda de valores representativos de capital, créditos, deudas y
productos, incluyendo los instrumentos derivados, ya sean valores o productos.
El mercado de valores es necesario para eficientizar la canalización de
los recursos de forma tal, que propicie el financiamiento a largo plazo y se
incremente la liquidez de la economía, para esto es necesario auspiciar el
incremento de la oferta y la demanda de los artículos negociables.
Esta ley tiene por objeto promover y regular el mercado de valores,
procurando un mercado organizado, eficiente y transparente que contribuya con
el desarrollo económico y social del país.
Base legal de la
Contabilidad en la República Dominicana
La Ley que crea la contabilidad en la República Dominicana. Es la No.
633, del 16 de junio de 1944, donde se refiere entre diversos asuntos que las
investigaciones encargadas a los Contadores Públicos Autorizados deben versar
en los siguientes puntos: aperturas de libros contables, certificación y
análisis de estados financieros, estudios de balance, extractos de cuentas,
entre otros.
La Ley de Exequátur No. 111, establece la necesidad de obtener esta
condición para el ejercicio en el país de todas las profesiones que exijan
títulos universitarios. Este exequátur en los profesionales de la contabilidad
los habilita para certificar estados financieros o sea legítima la veracidad de
las informaciones de dichos documentos.
La Ley No. 3892 crea la Dirección General de Contabilidad
Gubernamental, con dependencia de la Secretaría de Estado de Finanzas, con el
objetivo de que la administración pública logre mayor eficiencia en la gestión
financiera del Estado, sin alterar su equilibrio.
La lucha por la promulgación de una ley de colegiación para los
profesionales de la contabilidad es buscar básicamente la unificación de los
diversos gremios y asociaciones existentes en el país en uno solo que vele y
trabaje arduamente por el desempeño de rol y desarrollo de la contabilidad como
profesión, actualizándola día a día conforme a los avances comerciales e
industriales. Entre estos gremios citamos:
Instituto de Contadores Públicos Autorizados[13].
Creado por la Ley No. 633. Entre sus funciones están:
- contribuir
al adelanto de la contabilidad y propender al desarrollo de la profesión
de contador publico autorizado.
- Dictar
normas obligatorias a sus asociados acerca de procedimientos de auditoria,
principios de contabilidad, ética profesional, etc.
- Promover
la nacionalización del ejercicio de la contaduría pública en la República
Dominicana.
Asociación Nacional de Contadores y Auditores del
Sector Público. Funciones:
- Estructurar
a los profesionales de la contabilidad por áreas de especialidades en el
sector público: auditores, contadores generales, contralores, gerentes
financieros, etc.
- Servir
de entidad asesora y consultiva a los distintos poderes del Estado
dominicano, en las áreas de las especialidades del profesional de la
contaduría pública.
- Organizar
a los profesionales de la contaduría pública que presten servicios en cada
una de las instituciones del Estado dominicano.
Incorporada mediante el decreto presidencial No. 996, del 19 de Abril
de 1983. Tiene como misión promover y desarrollar la profesión de la contaduría
interna por medio de programas de educación continuada y actividades encaminadas
a elevar el prestigio del auditor interno. Su principal objetivo es generar y
administrar eficazmente los fondos necesarios para poder llevar a cabo el
programa de trabajo y mantener el crecimiento sostenido del instituto.
[1] Herman Hamlet
(1983) CPA en República Dominicana, editora Alfa & Omega,
Santo Domingo, Pág 5
[2] Idem
[3] Idem
[4]
Hamlet, Herman: Op. Cit. Pág. 6
[5] Http://www.respondanet.com[6] www.finanzas.gov.do[7] www.contraloria.gov.do[8] www.onapres.gov.do[9] www.onplan.gov.do[10] www.bancentral.gov.do[11] www.supbancos.gov.do[12] www.bvrd.org[13] www.icpard.org[14] www.iaird.org
[2] Idem
[5] Http://www.respondanet.com[6] www.finanzas.gov.do[7] www.contraloria.gov.do[8] www.onapres.gov.do[9] www.onplan.gov.do[10] www.bancentral.gov.do[11] www.supbancos.gov.do[12] www.bvrd.org[13] www.icpard.org[14] www.iaird.org
No hay comentarios:
Publicar un comentario